viernes, 30 de diciembre de 2011

[20-12-2011] Cumbre de Presidentes del MERCOSUR – Montevideo 2011


Entre los temas más relevantes de esta Cumbre de Presidentes podemos destacar la importante decisión de autorizar a los Estados Partes a elevar, de forma transitoria, las alícuotas del impuesto de importación por encima del Arancel Externo Común para las importaciones originarias de extrazona. Las mismas no podrán ser superiores al máximo consolidado por los Estados Partes en la Organización Mundial del Comercio.
En este sentido, los Estados Partes se comprometen a analizar y llevar adelante las acciones necesarias a efectos de corregir las posibles asimetrías que se produzcan como consecuencia de estas medidas.
En otro orden podemos destacar el avance en la conformación de un Grupo de Trabajo (Ad Hoc) para la incorporación de la República del Ecuador como Estado Parte del MERCOSUR. Considerando que, en la XLI Cumbre de Presidentes del MERCOSUR, del 29 de junio pasado en Asunción, los países que integran el bloque extendieron una invitación al Ecuador para profundizar su relación con el MERCOSUR. Y teniendo en cuenta además que éstos países y el Gobierno de la República del Ecuador coinciden en la necesidad de constituir un Grupo de Trabajo para considerar, identificar y permitir la negociación de todos los aspectos relativos al proceso de incorporación de Ecuador, es que se procede a la conformación de dicho grupo.
Finalmente, entre uno de los temas más destacados de esta Cumbre de Jefes de Estado, podemos mencionar que fue aprobado el Protocolo sobre Compromiso con la Democracia en el MERCOSUR. Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay (Estados Partes del MERCOSUR) y Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela (Estados Asociados del MERCOSUR); -considerando que la plena vigencia de las instituciones democráticas y el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales son condiciones esenciales para la vigencia y evolución del proceso de integración entre las Partes- acuerdan este nuevo Protocolo.
El mismo se aplicará en caso de ruptura o amenaza de ruptura del orden democrático, de una violación del orden constitucional o de cualquier situación que ponga en riesgo el legítimo ejercicio del poder y la vigencia de los valores y principios democráticos.
Por ende, los países que conforman el bloque regional, en sesión ampliada del Consejo del Mercado Común podrán disponer, entre otras, la constitución de comisiones de apoyo, cooperación y asistencia técnica y especializada a la Parte afectada; comisiones abiertas para acompañar los trabajos de mesas de diálogo entre los actores políticos, sociales y económicos de la Parte afectada.
En caso de amenaza de ruptura del orden democrático, los Presidentes de las demás Partes -o en su defecto sus Ministros de Relaciones Exteriores-, podrán establecer, entre otras medidas, la de suspender el derecho a participar en los distintos órganos del MERCOSUR. También están facultados para cerrar de forma total o parcial las fronteras terrestres; suspender o limitar el comercio, tráfico aéreo y marítimo, las comunicaciones y la provisión de energía, servicios y suministros. Una importante medida a tomar es la de suspender a la Parte afectada del goce de los derechos y beneficios emergentes del Tratado de Asunción y sus Protocolos, y de los Acuerdos de integración celebrados entre las Partes, según corresponda.
Las medidas a tomar serán proporcionales a la gravedad de la situación existente; no deberán poner en riesgo el bienestar de la población y el goce efectivo de los derechos humanos y libertades fundamentales en la Parte afectada; respetarán la soberanía e integridad territorial de la Parte afectada y los tratados vigentes.
Nueva designación en la Cancillería
En otro orden de cosas, teniendo estrecha vinculación con la asunción de la Sra. Presidenta de la Nación Argentina en su segundo mandato y con la conformación de su nuevo Gabinete de Ministros; se produce el arribo a la Subsecretaría de Integración Económica Latinoamericana y MERCOSUR (dependiente de la Secretaría de Relaciones Económicas Internacionales) de la Embajadora María Agustina Vila, flamante Subsecretaria de Integración Económica Latinoamericana y MERCOSUR.
A la misma, que fuera designada por Decreto 210 del 2011, se le otorga la categoría de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria, al solo efecto del rango protocolar, conforme al artículo 6º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación.

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